Beca Progresar: quiénes pueden pedirla y cuáles son los requisitos

El Gobierno anunció este lunes la ampliación de los beneficiarios de las Becas Progresar para terminar estudios primarios y secundarios. Ahora también podrán postularse los adolescentes de 16 y 17 años.
El Gobierno anunció este lunes la ampliación de los beneficiarios de las Becas Progresar para terminar estudios primarios y secundarios. Ahora también podrán postularse los adolescentes de 16 y 17 años. El aporte económico de estas becas estará supeditado a cumplir con ciertas condiciones: matriculación, asistencia y rendimiento económico.
EN VIVO | El presidente Alberto Fernández anuncia la ampliación del alcance de las becas Progresar para adolescentes de 16 y 17 años. https://t.co/CwreWsB1o6
— Casa Rosada (@CasaRosada) December 13, 2021
Cada joven recibe $5.677 mensuales en 12 cuotas. Se cobra a través de Anses el 80% todos los meses, el 20% restante se entrega al finalizar el período.
El programa apunta a asistir a estudiantes en “situación de vulnerabilidad” que se encuentren cursando estudios primarios, secundarios, terciarios o universitarios”.
Quiénes pueden acceder a las Becas Progresar
- Jóvenes de 16 y 17 años, hasta el momento era para estudiante de entre 18 y 24 años cumplidos;
- Alumnos regulares de una institución educativa;
- Los ingresos del grupo familiar de las y los aspirantes deben ser de hasta tres salarios mínimos, vitales y móviles (SMVyM), es decir, hasta $ 84.240.
Cómo acceder a las Becas Progresar
El interesado puede hacerlo desde la web del Ministerio de Educación, o desde la de Anses, o a través de la app Progresar+.
Queda excluido de la posibilidad de obtención de una Beca Progresar el postulante que esté atravesando alguna de las siguientes situaciones:
- Hubiera finalizado una carrera de grado, profesorado o tecnicatura.
- Se encontrara suspendido o se hubiera declarado el cese de una beca del PROGRAMA por causal que le fuera imputable.
- Recibiera u obtuviera otra beca de estudios por parte del Estado, Institución u Organización Pública o Privada, con o sin fines de lucro, entendiéndose por tales a cualquier sistema de transferencias dinerarias directas.
- Se encontrara el aspirante a obtener la beca o cualquier miembro de su grupo familiar inscripto en el Régimen de Impuesto a las Ganancias.
- Estuviera excedido dos (2) años o más en el tiempo de duración de la carrera, según el correspondiente plan de estudios.
- Le resta para la finalización de la carrera cursar dos (2) o menos materias al momento de la primera (1°) inscripción al PROGRAMA y, menos de dos (2) materias para el caso de los/as becarios/as que hubieran sido becarios con anterioridad.
- Si adeudara sólo exámenes finales y/o la realización de tesis o prácticas profesionales.
- No cumpliera con las demás condiciones establecidas en el presente reglamento
¿Por qué razón pueden perder la beca?
- Por el vencimiento de la beca otorgada.
- Por muerte del becario/a.
- Por renuncia del becario/a.
- Por modificación de alguna de las causas que justificaron su otorgamiento.
- Por conclusión del curso o taller para el que se postuló inicialmente.
- Por abandono de los estudios.
- Por pérdida de la condición de alumno/a regular.
- Si habiendo sido adjudicado con la beca durante el año de la convocatoria, no hubiera concurrido a su cobro por un período de cuatro (4) meses consecutivos.
- Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en el presente reglamento.
- Por falsear u omitir información en los procesos de selección o una vez otorgada la beca.
Fuente: Mdz