Se conoció al primer club de la Argentina que eligió convertirse en una Sociedad Anónima
Deportiva Daniel Scioli fue el encargado de comunicarlo de manera oficial en sus redes sociales. “Los socios eligen en libertad”, destacó el Secretario de Turismo, Ambiente y Deportes de la Nación y aclaró que la inversión será en el fútbol.
El club Centro de Fomento José Hernández, de La Plata, se convirtió en la primera institución de la Argentina que aprobó la inversión de capitales externos en en fútbol. La decisión se tomó tras una asamblea de socios y no tuvo ningún voto en contra. De esta manera, la entidad platense se convirtió en la primera de la Argentina en transformarse en Sociedad Anónima Deportiva (SAD).
“Los socios asambleístas del club Centro de Fomento José Hernández de La Plata, aprobaron la posibilidad de que capitales externos inviertan en el fútbol. Esta es la importancia de la implementación de las SAD. Los socios eligen en libertad. Las inversiones privadas pueden ser un instrumento para aportar a los clubes crecimiento institucional, deportivo, de infraestructura y social”, escribió Daniel Scioli, Secretario de Turismo, Ambiente y Deportes de la Nación, en su cuenta de X.
Por su parte Julio Garro, Subsecretario de Deportes de la Nación, celebró: “Felicitaciones a todos los socios del Club Hernández por este paso importantísimo para el desarrollo de la institución. Son los socios los que deben elegir libremente el modelo de administración que quieran para su Club”.
La medida se tomó luego de que se votara en asamblea, donde hubo 42 votos positivos, dos abstenciones y ningún voto negativo. “Se estableció que los capitales privados que estén interesados en invertir en el fútbol de nuestro Club, lo puedan hacer, acogiéndose al DNU vigente (70/2023) y logrando una seguridad jurídica”, explica el comunicado oficial que publicó la institución.
En la actualidad, el Centro de Fomento José Hernández forma parte de “una liga federada al Consejo Federal”, según se informó. En ese sentido, se aclaró que no peligra la participación de la entidad en dicha competencia. “El DNU dice que las diferentes organizaciones rectoras del deporte en nuestro país no podrán ‘impedir, dificultar, privar o menoscabar cualquier derecho a una organización deportiva, incluyendo su derecho de afiliación a una Confederación, Federación, Asociación, Liga o Unión’”, se detalló y se resaltó: “Es decir, las organizaciones deben modificar sus estatutos para permitir la afiliación de un club que sea SAF (Sociedad Anónima Futbolística)”.