La Conmebol sancionó a Boca Juniors

La Copa Libertadores fue suspendida a causa de la pandemia del Coronavirus que tiene a miles afectados en todo el mundo. En lo que va del año se registraron más de 270 mil infectados y la cifra de fallecidos ya superó las 11 mil personas provocando que en algunos países como Argentina se aplique el aislamiento obligatorio para evitar que el número de contagios crezca más.
El certamen más importante de América también decidió cesar con la actividad buscando resguardar la salud de los jugadores y trabajadores deportivos. Solo un tiempo más tarde, las distintas ligas comenzaron a cancelar sus competencias domésticas hasta llegar a la actualidad: el fútbol no se juega en ninguna parte del mundo y la gente se mantiene en sus hogares como precaución.
De todas maneras, Conmebol sigue funcionando a pesar del parate. Y el pasado viernes 19 de marzo multó a Boca Juniors por el partido disputado ante Independiente Medellín de Colombia, el pasado 10 del mismo mes, en la Bombonera y con el arbitraje de Enrique Guerrero. ¿Qué ocurrió? Aparentemente el club incumplió el Código Disciplinario y el Reglamento de Seguridad de la Confederación (encender bengalas, fuegos artificiales o cualquier otro objeto pirotécnico).
Hace unos días, el presidente del ente, Alejandro Domínguez se refirió al posible regreso de la competencia oficial. Y si bien no está confirmado, expresó: “Esperamos retomar la Copa Libertadores para la semana del 3 de mayo. Yo quisiera ser optimista, todavía hay tiempo y no debería haber necesidad de que haya que tocar el formato de la Libertadores y la Sudamericana”.
El comunicado oficial
El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
2º. ADVERTIR expresamente al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
3º. NOTIFICAR y cumplido, archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.
Eduardo Gross Brown
Presidente
Comisión Disciplinaria
Fuente: Olé