Garay: “La información es un bien de todos los mendocinos”

El ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia celebró la sanción de la nueva Ley de Acceso a la Información Pública.
Este miércoles 30, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la Ley de Acceso a la Información Pública, que permitirá que todos los ciudadanos puedan acceder a todos los datos producidos por el Estado provincial.
El ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia, Dalmiro Garay, celebró la sanción de la nueva norma. El proyecto fue redactado por los senadores Ernesto Mancinelli y Daniela García, con la colaboración de funcionarios del Ejecutivo, ECLAD, Nuestra Mendoza y las asociaciones civiles que están permanentemente bregando por la transparencia en la función pública.
Garay explicó que hoy Mendoza tiene una nueva ley “que le va a garantizar al ciudadano acceder a la información del Estado para poderlo controlar. Estamos migrando de un sistema tradicional de controles por instituciones preconcebidas constitucionalmente a un sistema en donde cualquier ciudadano puede ser un ente de control en sí mismo”.
“Previo a esta ley, el Gobierno puso en línea el portal de Datos Abiertos, que ya tiene más de 34 data sets que le permiten a cualquier mendocino y también a los periodistas auditar cierta información. Con la sanción de esta norma completa se establece además la obligación legal de la publicación activa y también la pasiva, es decir que cualquier ciudadano con o sin interés pueda presentarse a una oficina pública y reclamar que se le informe sobre cuestiones que hacen al giro del Estado”, agregó Dalmiro Garay.
Además, el funcionario explicó que a partir de la sanción de la norma “todo aquel que tenga relación económica con el Estado, como medios de comunicación, sindicatos o empresarios, deberán brindar información pública, porque la información es un bien de todos los mendocinos”.
Información pública
Se considera información pública a toda constancia producida por el Estado en documentos escritos, fotográficos, grabaciones, soporte magnético, digital o en cualquier otro formato, cuya producción haya sido emanada y/o financiada total o parcialmente por el Estado, que obre en su poder o que sirva de base para una decisión de naturaleza administrativa o de parte del Estado provincial y cuya finalidad u objeto sea el interés público.
Asimismo, el derecho de acceso a la información pública comprende la posibilidad de buscar, acceder, solicitar, recibir, copiar, analizar, reprocesar, reutilizar y redistribuir libremente la información bajo custodia de los sujetos obligados enumerados en el artículo 6° de la ley, con las únicas limitaciones y excepciones que establece la misma norma.