Explotó el motor de su camioneta en un taller oficial de Mendoza y recibirá una millonaria indemnización
Foito ilustrativa
La Suprema Corte resolvió a favor del usuario por un reclamo iniciado en el 2021. Además de la reposición del vehículo, cobrará más de $9 millones.
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza (SCJM) falló a favor de un hombre que le realizó una denuncia a una concesionaria, luego de que la camioneta que compró explotara en un service de control mientras se encontraba en el periodo de garantía. Además de la reposición del vehículo, el damnificado recibirá una indemnización de más de 9 millones de pesos.
Según explica el fallo, el propietario adquirió el 18 de septiembre de 2017 una Fiat Toro 0KM, que ingresó en varias oportunidades al taller para realizar los diferentes service de control y fallas verificadas.
El último ingreso al taller fue el 20 de mayo de 2021. Allí, el propietario observó en el tablero que se encendía la luz que indicaba fallas en el motor. Tras esto, el mecánico le pidió al dueño de la camioneta que acelerara el rodado, hecho que produjo la explosión del motor y el incendio del vehículo.
Si bien la concesionaria aceptó entregarle una camioneta cero kilómetro de iguales características, el titular del vehículo acudió a la Justicia para reclamar por los daños y perjuicios que le produjo esta perdida.
En concreto, el conductor afirmó que utilizaba el vehículo para trasladarse todos los días desde su casa en Rodeo de la Cruz hasta su lugar de trabajo en Las Heras y tuvo que hacerlo en taxi por un periodo de 795 días, desde el momento del incidente hasta el fallo de primera instancia,
Una primera instancia judicial falló a favor del damnificado y otorgó una indemnización de $9.416.000, de los cuales $6.360.000 corresponden a la “privación del vehículo” y $1.845.717 por daños punitivos. Los $1.210.283 restantes corresponden a otros gastos vinculados.
La concesionaria recurrió esta decisión ante la Cámara de Apelaciones, quien consideró esta cifra excesiva y bajó los montos de privación del vehículo y daños punitivos a $720.000 y $800.000, respectivamente, ya que consideró que el daminificado podría haberse comprado un vehículo en un periodo de tiempo mucho menor.
Tras esto, el denunciante llevó el caso a la Suprema Corte, que terminó dándole la razón. “La sentencia de Cámara no ha considerado adecuadamente los incumplimientos que se atribuyen a la demandada”, destaca el el fallo de los supremos el fallo de los supremos María Teresa Day y Pedro Llorente.
Además señala que “la decisión del consumidor de reemplazar el vehículo o comprar uno nuevo no depende exclusiva, ni siquiera principalmente, de la voluntad de éste, sino principalmente, de hecho de que el deudor cumpla su obligación y entregue el dinero necesario para adquirirlo”.
En este sentido, agrega que “resulta equivocado cargar la imposibilidad de adquirir otro 0 km. En ese plazo al consumidor que ha sido víctima del accionar negligente e imprudente de las demandadas, quienes no sólo no han sustituido el vehículo destruido, sino que tampoco le han entregado alguno para reemplazarlo temporalmente”.
Fuente: Elsol