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Echegaray dijo que “no intervino personalmente” para beneficiar a Cristóbal López

Echegaray dijo que “no intervino personalmente” para beneficiar a Cristóbal López

A través de sus abogados, León Arslanián y Martín Arias Duval, el ex titular de la AFIP apeló hoy, ante el juez Julián Ercolini, su procesamiento utilizando este argumento.

“Ricardo Daniel Echegaray no intervino personalmente (ni por interpósita persona), en la resolución” de planes de pago para las empresas de los ahora detenidos Cristóbal López y Fabián De Sousa, sostuvieron los abogados León Arslanián y Martín Arias Duval en la apelación.

Por su parte las defensas de López y De Sousa podrán recurrir a la Cámara Federal porteña durante la feria judicial de enero para intentar obtener la excarcelación o bien que se les conceda un arresto domiciliario que podría ser supervisado con tobillera electrónica, algo rechazado por el juez federal Sebastián Ramos el viernes último.

Echegaray apeló el procesamiento del 19 de diciembre pasado pero como no está detenido, el tema será tratado al reinicio de la actividad judicial en febrero próximo.

El juez de la causa, Julián Ercolini, lo procesó por supuesta “administración fraudulenta agravada por haberse cometido en perjuicio de una administración pública”.

Según la defensa de Echegaray, Ercolini “presume el dolo y no explica a partir de qué elementos de prueba” concluyó que su defendido tuvo intervención en lo ocurrido.

Los abogados argumentaron que “el acogimiento a los planes de pago generales que aquí también se cuestionan, se realiza a través del sistema informático de la AFIP, y no de manera personal y con intervención humana”.

Echegaray fue procesado en la causa que llevó a la cárcel a López y De Sousa por evadir 8 mil millones de pesos correspondientes al pago del impuesto a los combustibles líquidos, de los períodos fiscales 2013- 2015 y desviarlos hacia otras empresas de su grupo.

En el caso del ex titular de la AFIP quedó procesado por otorgar de forma “irregular y en forma consistente, sistemática y deliberada, mediante la inobservancia de los deberes inherentes a su cargo, planes de pago -especiales y generales- a Oil Combustibles S.A”, empresa que integraba el grupo Indalo.

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