Cuadernos de las coimas: Bonadio no tendrá que entregar las declaraciones de los arrepentidos, pero los fiscales podrán compartirlas

El juez Claudio Bonadio no tendrá que darle a otros juzgados las declaraciones que ex funcionarios y empresarios prestaron como “arrepentidos” en la causa de los cuadernos de la corrupción. Sin embargo, los fiscales Carlos Stornelli y Carlos Rívolo quedaron habilitados a entregarlas, como integrantes del Ministerio Público, a sus pares. De esta manera, la Cámara Federal zanjó, por ahora, la polémica abierta sobre el uso de las revelaciones de imputados-colaboradores.
Así se desprende de la resolución firmada hoy por los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, a la que accedió Infobae. Allí se analizaba un recurso de queja que habían planteado los fiscales contra la decisión de Bonadio de no compartir los legajos de los arrepentidos, una de las claves del avance del expediente cuadernos.
En esa causa, los acusados confesaron haber cometido delitos en busca de una futura condena más leve. Sin embargo, hay varias causas que investigaban desde antes hechos vinculados a los delitos confesados y por eso otros jueces y fiscales le habían pedido a Bonadio copias de las declaraciones.
En aquel momento, Bonadio entendió que no iba a entregarlas. Dijo que el acuerdo había sido celebrado en el marco de la causa cuadernos y por eso el contenido de esos dichos solo podían ser utilizadas en ese expediente. Añadió el uso de esas declaraciones en otros expedientes, donde los arrepentidos estén imputados, “va en contra de la norma y afectaría su derecho de defensa”.
Sin embargo, los fiscales Rívolo y Stornelli apelaron. Entendieron que Bonadio habría incurrido en una “arbitrariedad manifiesta” porque la ley 27.304 “no establece prohibición alguna de que la declaración como acto jurídico pueda ser incorporado a otro expediente”.
A su criterio, “las declaraciones de los arrepentidos son un acto público que goza de entera fe y una vez que es homologado pasa a incorporarse al expediente y constituye un documento público” disponible para “todos los tribunales y fiscales de todo el país, cuya eficacia será valorada por el tribunales que en definitiva intervenga”.
El caso llegó a la Sala I de la Cámara Federal, que hoy fijó su criterio. “No advertimos en la presente queja la existencia de agravio alguno en el marco de estas actuaciones”, dijeron los jueces Bruglia y Bertuzzi. “Tampoco se evidencia que la negativa” de Bonadio “de remitir copia de las declaraciones de los arrepentidos a los juzgados requirentes tenga una incidencia en este proceso para provocar un gravamen de imposible reparación”, se añadió.
Los jueces dejaron en claro que no entraban en el debate sobre si las declaraciones de arrepentidos prestadas en la causa cuadernos podían ser usadas en otros expediente, pero le dejaron abierta la puerta a los fiscales para compartir esas revelaciones con sus pares, que llevan adelante otras investigaciones.
“Sin adentrarnos a analizar y decidir respecto a si corresponde que las declaraciones prestadas en este proceso en los términos de la ley 27.304 pueden ser utilizadas en otros expedientes, teniendo en cuenta que, conforme lo prescribe el artículo 9 de la Ley 27.148, el Ministerio Público Fiscal de la Nación actúa de manera unificada e indivisible, consideramos que los doctores Stornelli y Rívolo, quienes intervienen en estas actuaciones, tienen a su disposición la competencia y los medios necesarios para aportar las piezas procesales señaladas a los representantes de ese organismo acusador que se encuentren interviniendo en las actuaciones tramitadas ante los juzgados peticionantes”, señaló el fallo.
El fallo agregó: “Cabe señalar que una vez incorporadas las declaraciones en cuestión en las respectivas actuaciones, deberán ser los magistrados intervinientes en esos procesos y no el juez requerido (Bonadio), los encargados de merituar la pertinencia o no de su utilización probatoria“.
Fuente: Infobae