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Cambian los requisitos para los créditos a tasa 0% para monotributistas

Cambian los requisitos para los créditos a tasa 0% para monotributistas

Cuáles son las modificaciones en el programa que otorga hasta $150.000. El Ministerio de Desarrollo Productivo modificó algunas de las condiciones para que los pequeños contribuyentes accedan a la línea de tasa subsidiada. Habrá tres topes máximos según la escala de cada inscripto al Monotributo.

El Gobierno flexibilizó este lunes algunos de los requisitos ideados para la línea de créditos a tasa 0% para monotributistas, lanzados a fines de agosto como parte de las medidas oficiales hacia las elecciones. Con ese objetivo, se abrió hasta fin de año la posibilidad para que los pequeños contribuyentes soliciten hasta $150.000, con seis meses de gracia y hasta 12 cuotas como plazo la devolución.

A través de la resolución 626, publicada en el Boletín Oficial, la cartera que dirige Matías Kulfas, decidió cambiar algunas condiciones, con el objetivo de que mayor cantidad de monotributistas accedan al beneficio, que estará disponible hasta fines de año.

“Atento al impacto alcanzado por el Programa y la demanda insatisfecha de los Créditos a Tasa Cero 2021, resulta oportuno y conveniente implementar una medida tendiente a incrementar el espectro de solicitantes que podrían resultar beneficiarios”.

Qué condiciones nuevas hay en los créditos a tasa 0% para monotributistas

El Ministerio de Desarrollo Productivo simplificó el requisito de facturación tope al 30 de junio último para acceder a los préstamos subsidiados. En ese marco, ahora quedarán afuera del programa aquellos que hayan quedado en una categoría superior a la que tenían al cierre del primer semestre pasado.

No serán elegibles los solicitantes que hubieran aumentado la categoría en la que se encuentren inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes al momento de la solicitud, respecto de la categoría del solicitante vigente al día 30 de junio de 2021″, se expone en el nuevo inciso 2.9 del reglamento del programa.

En simultáneo, Desarrollo Productivo derogó los incisos 2,2 y 2.3, que establecían que casos de “solicitantes que registran factura electrónica, por sus operaciones de venta, locación o prestación de servicios, quienes podían acceder al crédito cuando, considerando el promedio mensual de facturación electrónica del primer semestre de 2021, se verificaba que su facturación no era superior a 1,2 veces del promedio mensual del límite inferior de su categoría”.

También se eliminó la condición para aquellos que “no registran factura electrónica, quienes podían acceder cuando ese mismo promedio –que surgía de la facturación electrónica como compradores, prestatarios o locatarios- era inferior al 80% de la suma que resultaba de calcular 1,2 veces el promedio mensual del límite inferior de facturación de su categoría. En ambos casos, para los contribuyentes que se encontraban inscriptos en la categoría A, se tomaba como límite la suma de $ 20.800.

Por otra parte, se permite gestionar el crédito a los monotributistas que son prestadores de servicios del Estado, tanto nacional, provincial o municipal. Eso porque se eliminó la restricción para ese universo establecida por el inicio 2.5 del reglamento del programa.

Cambian los requisitos para los créditos a tasa 0% para monotributistas: cuáles son las modificaciones en el programa que otorga hasta $150.000

Cuáles son los requisitos para acceder a los nuevos créditos a tasa cero

Con los nuevos cambios, las condiciones para solicitar un préstamo subsidiado quedaron de la siguiente manera:

  • Estar adherido al Monotributo desde, al menos, el 31 de mayo de 2021.
  • Poseer constituido el domicilio fiscal electrónico-
  • No percibir un ingreso en relación de dependencia, ni jubilación.
  • No estar en situación 3, 4, 5 o 6 en la central de deudores del Banco Central.
  • No revestir la condición de sucesión indivisa.
  • No haber sufrido la ejecución de la garantía FOGAR por el crédito a tasa cero obtenido en el marco del Programa ATP.
  • No haber subido de categoría respecto de la vigente en junio de 2021.

Por otro lado, una vez que se acepte su ingreso al programa y hasta la cancelación total del crédito, los beneficiarios no podrán:

  • Acceder al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) para realizar operaciones de formación de activos externos.
  • Realizar ventas en el país de títulos valores en moneda extranjera o canjes de títulos valores por otros activos externos, ni transferirlos a entidades del exterior.
El Gobierno busca que más monotributistas puedan pedir los préstamos a tasa subsidiada por hasta $150.000. (Foto: Daniel Vides/NA).
El Gobierno busca que más monotributistas puedan pedir los préstamos a tasa subsidiada por hasta $150.000. (Foto: Daniel Vides/NA).

Qué monto se puede pedir de crédito a tasa cero

El programa de préstamos para monotributistas determinó un máximo de $150.000, según tres escalas siguientes:

  • Contribuyentes de la categoría A, el monto máximo será de $90.000;
  • Monotributistas de la categoría B, podrán acceder hasta $120.000;
  • El resto de las categorías (de la D a la K) podrán solicitar hasta $150.000.

Qué pasa con quienes hayan solicitado un crédito similar en 2020

  • Podrán tramitar un nuevo préstamo.
  • Si el solicitante se encuentra en situación de mora, la entidad financiera destinará una parte del nuevo crédito para cancelar el saldo adeudado del anterior.

Cómo se solicita el crédito a tasa cero

  • Se podrán solicitar hasta el fin de año.
  • El trámite se realiza a través del sistema en la página web de la AFIP.
  • En esa web se deberá ingresar con clave fiscal y elegir el servicio “Crédito Tasa Cero”.
  • El organismo confirmará si se califica para solicitarlo y el monto del crédito que corresponde, de acuerdo con su categoría.
  • Se deberá seleccionar la entidad financiera donde está emitida la tarjeta de crédito para finalizar el trámite.
  • Si no cuenta con tarjeta de crédito, deberá elegir la entidad con la que quiere operar, y el plástico le será emitido.

Fuente: TN