AFIP reglamentó el impuesto indirecto sobre las apuestas online
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) instrumentó el impuesto indirecto a las apuestas online que alcanza a los créditos ingresados por los usuarios de las plataformas, a través de la Resolución general 5228/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial.
La resolución del organismo dispuso los plazos y condiciones para que los operadores residentes en el país y los intermediarios que actúen en caso de plataformas del exterior presenten e ingresen el gravamen. El impuesto indirecto sobre las apuestas en línea se aplica sobre los créditos ingresados por los usuarios de las plataformas.
La alícuota es progresiva y se inicia en 2,5% para operadores residentes en el país que hayan realizado inversiones genuinas y se extiende hasta el 15% para los residentes en países de baja o nula tributación.
De acuerdo a la legislación vigente, el 95% de lo recaudado es coparticipable y el 5% restante se destina a la firma estatal Empresa Argentina de Soluciones Satelitales (ARSAT).
La normativa establece que los operadores e intermediarios, en su rol como agentes de percepción, deberán solicitar el alta en el impuesto para el ingreso del gravamen consignando el código “441 – Apuestas Online”. Cuando existan operadores extranjeros, el agente de percepción será la entidad financiera o bancaria que funcione como intermediario entre el usuario y la plataforma que posibilite el pago de la apuesta.
Fuente: Ambitofinanciero

